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lunes, 22 de abril de 2013
martes, 13 de noviembre de 2012
Escuelas Infantiles-Modelo conveniado: Tiempo de dificultades.
Las guarderías exigen más financiación.
(Fuente: Diario El País-Andalucía, 12-11-2012)
La Junta de Andalucía decidió en el curso 2009-2010
que el primer ciclo de educación infantil pasara a depender de la
Consejería de Educación. Con este cambio se intentó reforzar el
carácter educativo de esta etapa voluntaria.
Paralelamente, se buscó ampliar la red de centros,
compuesta ahora por 1.599 centros públicos y conveniados. Pero el
modelo por el que más apostó el Gobierno regional fue por el de los
convenios. Es decir, los centros son mayoritariamente de titularidad
privada o de otras instituciones, principalmente Ayuntamientos. En
estas escuelas públicas y conveniadas están matriculados este curso
88.553 niños. La Junta emplea un sistema de bonificaciones para las
familias, que supone un desembolso anual de más de 166 millones de
euros. Nueve de cada diez alumnos tiene algún tipo de ayuda. Y en el
35% de los casos está bonificado el 100% de la plaza.
El sistema funcionaba en los años de bonanza. Pero los
problemas de tesorería de la Junta han provocado que las guarderías
sufran retrasos en sus pagos. La Consejería de Educación sostiene
que ya “está priorizando a las escuelas infantiles, que están
cobrando por delante de otros proveedores”.
Tras sufrir los retrasos
en los pagos por parte de la Administración autónoma al final
del curso pasado, las escuelas infantiles de primer ciclo (donde se
atiende a los niños de entre 0 y 3 años) vuelven a estar
enfrascadas en protestas contra la Junta. Una de las patronales —la
Coordinadora
de Escuelas Infantiles de Andalucía— ha convocado una protesta
hoy en Sevilla, lo que se traducirá en paros parciales entre las
11.00 y las 13.00. Por su parte, la Asociación
Andaluza de Centros de Enseñanza de la Economía Social (ACES),
que no secunda la protesta, apuesta por llevar a los tribunales a la
Consejería de Educación.
La Administración y los titulares de las antiguas
guarderías
están negociando en estos momentos un nuevo convenio. Y el contexto
de recortes es un pésimo escenario para llegar a un acuerdo. Las
patronales llevan años reclamando a la Junta que el precio público
de la plaza en esta etapa voluntarias (que lleva congelado tres años)
se ajuste al coste real. “No se puede subir el precio porque
supondría gravar más a las familias”, sostiene la Consejería de
Educación, el departamento del que dependen las escuelas infantiles
desde 2009.
martes, 6 de noviembre de 2012
Sistema de Detección precoz de Trastornos del Desarrollo
El
Sistema de Detección Precoz de Trastornos del Desarrollo (SDPTD) es
una herramienta diseñada y desarrollada conjuntamente por los
técnicos de la UI Acceso del Departamento de Psicología Evolutiva y
de la Educaciónde la Universitat de Valencia y los técnicos del
CUDAP (Centre Universitari de Diagnòstic i AtencióPrimerenca) bajo
la dirección del Prof. Dr. Francisco Alcantud Marín.
Valoramos
este recurso muy positivamente para la fase de detección de
Necesidades de Atención Temprana desde la familia o desde la Escuela
de primer ciclo de la Etapa de Educación Infantil (0-3)
Estos
cuestionarios, de cumplimentación on-line, están diseñados con
señales conductuales típicas para cada edad. Las respuestas dadas
por el padre/madre del niño/a, o por los profesionales de la escula
infantil de primer ciclo, pueden ser adjuntadas al documento de
Signos de Alerta del Protocolo para la coordinación intersectorial
Educación-Salud, para que el pediatra juzgue la posibilidad de
remitirlo a una exploración médica especializada o al Centro de
Atención Temprana para una valoración exhaustiva.
Los
profesionales de la escuela infantil, o los padres, ante la sospecha
que su alumno/hijo puede presentar un trastorno de cualquier
naturaleza, pueden contestar estos cuestionarios. Al finalizar el
mismo, si las respuestas cuadran con algún trastorno, la aplicación
emitirá un informe. Éste se podrá acompañar a los Signos de
Alerta del protocolo de coordinación intersectorial y remitir ambos
al Centro de Salud para confirmar la sospecha. Si el pediatra así lo
cree oportuno, podrá a su vez realizar un estudio en profundidad y/o
derivar al niño-a a un centro de atención temprana (CAIT).
El
desarrollo de la mayoría de los niños sigue unas pautas muy
parecidas, de forma que podemos conocer cuál es la situación del
desarrollo de un niño comparándolo con los hitos que cada niño/a
tiene que adquirir en cada franja de edad. El principal objetivo de
este Sistema
de detección precoz
es detectar cualquier problema que pueda surgir en el desarrollo de
un niño para tratarlo lo antes posible.
¿Quá pasos debes seguir en el SDPTD?
1. Acceda al Sistema de Detección.
2. Rellene los datos que se le piden ( Fecha nacimiento de su hijo y Código postal).
3. Pulse sobre la franja de edad que corresponde (3meses, 6meses, 9meses,...) Ejemplo: si su alumno/hijo tiene 15 meses, debe rellenar el de 12 meses, si su alumno/hijo tiene 11 meses debe rellenar el de 9 meses.
4. Conteste al cuestionario y pulse finalizar.
5. Imprima el informe y rellene los datos a mano que se le piden.
6. Lleve el informe para que lo confirmen.
- Para su cumplimentación se recomienda apoyarse en varios observasdores.
- El cuestionario dispone de videos, para poder verlos, es necesario el reproductor flash de Adobe, probablemente ya lo tenga instalado en su equipo. En caso contrario, puede descargarlo en http://get.adobe.com/es/flashplayer/
- Estos cuestionarios están diseñados con señales conductuales típicas para cada edad. El pediatra deberá confirmar las respuestas dadas por los profesionales de la EI. o los el padres del niño. En la casilla destinada a confirmación se debe marcar SI o NO para confirmar la conducta. Es aconsejable añadir cualquier observación comentario o preocupación sobre el niño, de forma abierta.
martes, 12 de junio de 2012
VENTAJAS DE UNA ESCOLARIZACIÓN TEMPRANA
La
crisis económica en la que estamos inmersos está ocasionando
numerosas "bajas". Las más dolorosas, sin duda, las
relativas a Educación; más concretamente, la de la educación
infantil de primer ciclo. Los actuales responsables educativos
vuelven a considerar al ciclo como un "tramo
meramente asistencial",
un tema "no
educativo",
y "perteneciente
al área de las
políticas sociales".
Es decir, un retroceso conceptual con una única finalidad: ajustar
cuentas. Ahora resulta que como es un tema exclusivamente relativo a
la conciliación de horarios laborales de los padres, el ciclo
abandonaría por la puerta de atrás el sistema educativo, pasando el
inicio de la la escolarización en educación infantil a los tres
años.
Queremos romper una lanza en defensa del primer ciclo de educación infantil (0-3) y de camino convencer a los padres que se planteen la escolarización de su hijo en esta edad de las ventajas de una escolarización temprana, desde un punto de vista científico.
Es
conocida la incertidumbre que se plantea en muchas madres el hecho de
"desprenderse" de su chiquitín a tan corta edad. Algunas madres la situación es vivida con una considerable
angustia, es como la ruptura definitiva del vínculo, un corte del
cordón umbilical mucho más doloroso, otras lo viven como un
abandono.
Este
artículo va dirigido también a los responsables de la planificación
educativa. Para que tomen nota y den marcha atrás en tan lamentable decisión.
Los tres
primeros años de vida del ser humano son cruciales en el desarrollo
futuro. Investigaciones realizadas en el campo de la psicofisiología
han revelado que en en los tres primeros años de vida se produce el
50% del desarrollo neurológico del ser humano.
La
Escuela infantil de primer ciclo (0-3 años) proporciona a los
pequeños los estímulos adecuados para favorecer su capacidad
intelectual y cognitiva, poniendo las bases del éxito escolar
futuro. Supone un momento privilegiado para potenciar el resto de los
aprendizajes posteriores. Establece el entorno propicio para ayudar a
los pequeños a desarrollar todo su potencial cognitivo de manera
armónica e impulsan los cuatro marcos que configuran la
personalidad: el psicológico, el neurológico, el pedagógico y el
socio-familiar.
El
aprendizaje temprano y la socialización son unas de las claves del
éxito en el desarrollo cognitivo y personal. Todos los estímulos
facilidados en esta etapa provocan aprendizaje natural. La
adquisición de una segunda lengua, por ejemplo, se hace más fácil
y su carácter es más consistente. Estos años son los ideales para
adquirir gradualmente las pautas de convivencia y las estrategias
para resolver los pequeños conflictos de las relaciones
interpersonales, donde se asimilan las dimensiones humanas (familiar
y social), donde se desarrollan las capacidades afectivas, etc.
Los
tres primeros años de vida son también cruciales en el desarrollo
de hábitos que configurararán la personalidad futura. Los hábitos
básicos como el orden, la higiene, la alimentación y el sueño,
suponen el sustrato donde se asentarán las destrezas sociales. La
esolarización temprana ayuda a los menores a consolidar patrones de
conducta adecuados, siempre que se dé la colaboración con la
familia.
La
actividad de cualquier escuela infantil incluye el desarrollo de
habilidades por medio de la estimulación (canciones, trabalenguas,
asamblea, etc.), con un rítmo y una frecuencia concreta, que prepara
el cerebro para los aprendizajes posteriores. El desarrollo precoz
del área del lenguaje, comprensión y expresión, es capital para el
desarrollo del resto de dimensiones.
La
escuela infantil promueve la actividad neuromotora mediante
ejercicios de psicomotricidad, reforzando los patrones básicos del
movimiento con un trabajo sistemático y diario, a través del juego,
de gateo, marcha en patrón cruzado, volteretas, equilibrio,
lateralidad, orientación espacial, etc. Promueve el conocimeinto del
propio cuerpo y de sus posibilidades de acción, aprendiento también
a respetar las diferencias con los demás. Desarrolla la capacidad de
lógica y del razonamiento, mediante ejercicios de clasificación,
agrupación, seriaciones, bloques lógicos, resolución de problemas
de la vida, etc que ponen las bases de la comprensión de cuestiones
matemáticas.
La
escuela infantil, en definitiva proporciona un ambiente acogedor,
salas donde compartir espacios y juguetes que ayudan a socializar al
niño y que ayudan a adoptar normas comunes. Ayuda al desarrollo
físico y psicológico. En ella se adquiere de manera progresiva la
autonomía en las actividades habituales y en la práctica de hábitos
de salud y bienestar. En ella se fomenta una imagen autoajustada y
positiva, ayuda a tomar gradualmente una imagen positiva de uno
mismo, impulsando la conciencia de las emociones y sentimientos, de
sus posibilidades y límites. El aprendizaje entre iguales ayuda a
acelerar el aprendizaje, mirando, manipulando objetos, realizando
experiencias, intercambiando impresiones sobre ellas. Siempre en un
ambiente de cariño y confianza.
Como
dice la acreditada experta en el tema, Alicia Sillero ("Escuela
infantil temprana", 2012): "No, señor Wert, se
comienza a educar desde los cero años. Un niño no es un cachorrito
que se deja bajo la custodia de alguien. A esta edad se crea la
estructura profunda de la personalidad, emerge el yo, se sientan las
bases del individuo social que será luego. Todo ello es demasiado
importante como para no cuidar con mimo las circunstancias de
crianza. Se necesita
personal preparado, incentivado y reconocido en su valor educativo;
para nada guardadores de niños".
En
definitiva, y desde cualquier punto de vista desde el que se analice,
cuanto antes se escolarice a un niño mucho mejor.
viernes, 16 de marzo de 2012
ANDALUCIA ESCOLARIZACION 2012 CRITERIOS DE BAREMACIÓN
Mes de marzo: toca solicitar plaza en un centro para nuestros pequeños. Nuemrosas consultas entorno al tema. Para responder a vuestras consultas aquí tenéis los criterios de baremación y normativa relativa al proceso de escolarización 2012 en la comunidad autónoma de Andalucía.
(Andalucía) Escolarización 2012/2013. Criterios de Baremación |
CRITERIO DE BAREMACIÓN PUNTUACIÓN |
Hermanos 16 puntos |
Por trabajar la madre o el padre en el centro escolar 4 puntos |
Domicilio familiar · Dentro del área de influencia del centro 14 puntos |
Domicilio familiar · Zonas limítrofes 8 puntos |
Domicilio laboral · Dentro del área de influencia del centro 10 puntos |
Domicilio laboral · Zonas limítrofes 6 puntos |
Por la renta anual familiar Hasta 2 puntos |
Existencia de discapacidad · En el alumno o alumna solicitante 2 puntos |
Existencia de discapacidad · En el padre o madre 1 punto |
Existencia de discapacidad · En el hermano o hermana 0,5 puntos |
Por familia numerosa o monoparental 2 puntos |
Trascribo la normativa en vigor al respecto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Boletín número 40 de 25/02/2011
1. DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Educación
Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
Sección 4.ª Prioridad en la admisión
Artículo 27. Valoración de la existencia de hermanos o hermanas en el centro docente.
A los efectos de la valoración de la existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro docente, a la que se refiere artículo 11, se otorgarán dieciséis puntos por cada uno de ellos.
Artículo 28. Valoración de la circunstancia de que el representante legal trabaje en el centro docente.
En el caso de que uno de los tutores o guardadores legales del alumno o alumna, o ambos, tengan su puesto de trabajo en el centro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12, se otorgarán cuatro puntos.
Artículo 29. Valoración de la proximidad del domicilio o del lugar de trabajo.
1. La proximidad del domicilio, a la que se refiere el artículo 13, sólo podrá ser objeto de valoración en los siguientes casos y con arreglo al baremo que seguidamente se establece:
a) Cuando el domicilio se encuentra en el área de influencia del centro: catorce puntos.
b) Cuando el domicilio se encuentra en un área limítrofe al área de influencia del centro: ocho puntos.
2. La proximidad del lugar de trabajo a la que se refiere el artículo 13, sólo podrá ser objeto de valoración en los siguientes casos y con arreglo al baremo que seguidamente se establece:
a) Cuando el lugar de trabajo se encuentra en el área de influencia del centro: diez puntos.
b) Cuando el lugar de trabajo se encuentra en un área limítrofe al área de influencia del centro: seis puntos.
Artículo 30. Valoración de la renta anual de la unidad familiar.
1. Para la valoración de la renta anual de la unidad familiar se tendrá en cuenta la renta anual per cápita, que se obtendrá dividiendo la renta anual de la unidad familiar a la que se refiere el artículo 14.2, entre el número de miembros que la componen.
2. La renta per cápita de la unidad familiar a la que se refiere el apartado anterior sólo podrá ser objeto de valoración en los casos que se recogen a continuación y con arreglo al baremo que seguidamente se establece, teniendo en cuenta el indicador público de renta de efectos múltiples, en adelante IPREM, establecido en el Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía:
a) Rentas per cápita inferiores al resultado de dividir entre cuatro el IPREM: dos puntos.
b) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir entre cuatro el IPREM e inferiores al de dividirlo entre tres: un punto y medio.
c) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir entre tres el IPREM e inferiores al de dividirlo entre dos: un punto.
d) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir entre dos el IPREM e inferiores al de dividirlo entre uno y medio: medio punto.
3. A los efectos de lo establecido en el apartado anterior el importe correspondiente al IPREM será el del ejercicio fiscal al que se refiere el artículo 14.1.
Artículo 31. Valoración de la discapacidad o trastorno del desarrollo.
1. La valoración de que el alumno o alumna presenta una discapacidad o un trastorno del desarrollo, de acuerdo con lo recogido en el artículo 15, será de dos puntos. En el caso de que en el alumno o alumna confluyan las dos circunstancias, la valoración será, asimismo, de dos puntos.
2. Por discapacidad en uno de los tutores o guardadores legales del alumno o alumna, o en ambos, se otorgará un punto.
3. Por discapacidad en uno o varios hermanos o hermanas del alumno o alumna o menores en acogimiento en la misma unidad familiar, se otorgará medio punto.
Artículo 32. Valoración de la pertenencia a familia numerosa o a familia monoparental.
Por pertenecer el alumno o alumna, en los términos establecidos en el artículo 16, a una familia numerosa, a una familia monoparental o a una familia en la que concurran ambas condiciones se otorgarán dos puntos.
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